Matrimonios
El matrimonio debe ser en unión libre que significa: unión voluntaria, por parte de los interesados debe celebrarse ante un juez y con las formalidades de la ley. El artículo 35 que dictamina que es el juez del Registro Civil quien autoriza los actos del estado civil.
Los requisitos para llevar acabo dicho evento son:
- Acta de nacimiento original del novio y la novia.
- Análisis y certificado médico prenupciales de cada contrayente con fotografía testada,firma del médico y sello del laboratorio (Con 15 días de vigencia).
- Copia de la cartilla militar.
- Copia de la credencial de elector de los novios.
- Fotocopia de la credencial de elector de 4 testigos mayores de 18 años de nacionalidad mexicana (Dos por cada uno).
- Hoja de solicitud de matrimonio debidamente firmada por ambos
- Pago de derechos correspondientes.
En caso de que los contrayentes sean menores de edad, se presentarán los mismos documentos pero se acompañará de el consentimiento de las personas que ejercen la patria potestad de los menores.
Si uno de los contrayentes es viudo o divorsiado se debe anexar la copia certificada del acta de defunción o de divorcio del conyuge.






